Calculadora de prima · El cálculo es gratis

Calcula tu prima de servicios

Elige tu fecha de ingreso y la fecha de corte: calculamos la prima del semestre con tu salario y el auxilio de transporte, y te decimos cuándo deben pagártela.

Ejemplo: los valores iniciales (ingreso el 1 de marzo de 2024, corte el 30 de septiembre de 2026, salario de $2.600.000) son de muestra. Cámbialos por los tuyos: el resultado se actualiza al instante.

1. Tu salario

¿Cómo te pagan?
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Se suma el auxilio de transporte ($249.095) a la base, porque ganas hasta 2 salarios mínimos ($3.501.810 en 2026).

2. El período

El día que empezaste a trabajar con este empleador.
Hasta qué día quieres calcular. Si aún no llega, es una proyección.

Segundo semestre de 2026: del 1 de julio de 2026 al 30 de septiembre de 2026.

3. Ajustes opcionales

Salario mínimo y auxilio de transporte (editables)
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Se toman por el año de la fecha de corte (2026). Verifícalos con el decreto vigente.
Alcance: calcula un solo concepto con las fechas y el salario que indicas. Para la liquidación completa al terminar el contrato, usa la calculadora de liquidación laboral.

Cómo se calculó

La fórmula con los números de tu caso y la norma en que se apoya (el enlace lleva al texto oficial). Salario mínimo usado: $1.750.905 (2026); auxilio de transporte: $249.095. Días con año de 360 (meses de 30).

Prima de servicios$712.274

Fórmula: base $2.849.095 × 90 días / 360

30 días de salario por año, pagados la mitad hasta el 30 de junio y la otra mitad hasta el 20 de diciembre. Al terminar, se paga la del semestre en curso en proporción a los días trabajados.

Avisos

  • Si tuviste una licencia no remunerada o una suspensión del contrato, ese tiempo puede no contar (CST, art. 51). Esta calculadora no lo descuenta: ajusta las fechas o consulta a un abogado laboral.

Supuestos

  • Se supone pagada la prima del semestre anterior.
  • Los días se cuentan con año de 360 días (meses de 30).

Qué es la prima de servicios y cuándo se paga

La prima de servicios equivale a 30 días de salario por año y se paga en dos mitades: la primera hasta el 30 de junio y la segunda a más tardar el 20 de diciembre (CST, art. 306, modificado por la Ley 1788 de 2016). Se reconoce por todo el semestre trabajado o en proporción al tiempo trabajado.

La base es el salario mensual más el auxilio de transporte, si ganas hasta 2 salarios mínimos. La ley incluye a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días y de fincas.

Con salario integral no hay prima: ya va incluida en el salario (CST, art. 132).

Cómo se calcula

Prima de servicios(salario + auxilio de transporte, si aplica) × días del semestre / 360
Semestre completoequivale a 15 días de salario con auxilio: base × 180 / 360
Primer pagohasta el 30 de junio (art. 306 CST)
Segundo pagoa más tardar el 20 de diciembre (art. 306 CST)
Salario variablese usa el promedio mensual devengado en el semestre
Salario integralno genera prima (art. 132 CST)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la prima de servicios?

Se multiplica la base mensual (salario más auxilio de transporte, si aplica) por los días trabajados en el semestre y se divide entre 360. Con el semestre completo (180 días) equivale a medio mes de salario por semestre, que sumados dan 30 días al año. Por ejemplo, con el salario mínimo de 2026 más el auxilio de transporte, la prima de un semestre completo es $1.000.000.

¿Cuándo pagan la prima de servicios?

La primera mitad, hasta el 30 de junio; la segunda, a más tardar el 20 de diciembre (CST, art. 306). Cada pago corresponde al semestre que termina.

¿El auxilio de transporte entra en la prima?

Sí. Entra en la base cuando el salario no supera 2 salarios mínimos (en 2026, $3.501.810); por encima de ese tope no se suma.

¿Qué pasa si trabajé menos de un semestre?

Se paga proporcional a los días trabajados en el semestre: la calculadora cuenta desde el 1 de enero o el 1 de julio (o tu fecha de ingreso, si es posterior) hasta la fecha de corte.

¿Qué pasa con la prima si me retiro o me despiden?

Al terminar el contrato te deben la prima del semestre en curso, en proporción a los días trabajados. Si no te pagaron la del semestre anterior, la calculadora de liquidación laboral te permite sumarla.

¿Tengo prima con salario integral?

No. El salario integral compensa de antemano la prima, las cesantías y sus intereses (CST, art. 132).

¿Y si mi salario es variable?

Escribe el promedio mensual de lo devengado en el semestre. La calculadora lo usa como salario y aplica la misma fórmula.