Abogado de familia
Lo que pasa dentro de una familia también tiene reglas: separaciones, hijos, alimentos y herencias. Aquí ves qué cubre un abogado de familia en Colombia y quién lo atiende en tu ciudad.

Un abogado de familia en Colombia te asesora y representa en divorcios, custodia de los hijos, cuota alimentaria, visitas, sucesiones, unión marital de hecho y violencia intrafamiliar. Cuando hay acuerdo, muchos asuntos se resuelven en notaría o con una conciliación; cuando no lo hay, el abogado lleva el proceso ante el juez de familia y cuida los derechos de los hijos menores de edad.
Cuándo necesitas un abogado de familia
- Quieres divorciarte, sea de mutuo acuerdo o porque tu pareja no quiere firmar.
- Necesitas pedir, aumentar, bajar o cobrar la cuota alimentaria de tus hijos.
- No se ponen de acuerdo sobre la custodia de los hijos o el régimen de visitas.
- Murió un familiar y hay que hacer la sucesión para repartir la herencia.
- Conviviste con tu pareja sin casarte y quieres que se reconozca la unión marital de hecho o repartir los bienes.
- Sufres violencia en tu hogar y necesitas una medida de protección.
- Quieres reconocer o discutir la paternidad de un hijo.
Cómo avanza un caso
- Primera consulta
El abogado revisa qué está en juego (hijos, bienes, deudas) y si existe la posibilidad de un acuerdo, porque de eso depende la vía.
- Intento de acuerdo
Según el asunto, se concilia ante la comisaría de familia, el defensor de familia del ICBF, un centro de conciliación o un consultorio jurídico. El divorcio de mutuo acuerdo y la sucesión sin conflicto pueden hacerse en notaría.
- Demanda ante el juez de familia
Si no hay acuerdo, el abogado presenta la demanda con las pruebas. En varios asuntos de familia la ley exige intentar antes la conciliación.
- Audiencias y decisión
El juez escucha a las partes, practica pruebas y decide. La sentencia o la escritura se inscribe, cuando corresponde, en el registro civil.
- Cumplimiento
Si lo acordado o decidido no se cumple, por ejemplo una cuota alimentaria, se puede cobrar por la vía ejecutiva.
Cuánto cuesta
El costo depende sobre todo de si hay acuerdo o conflicto: un divorcio de mutuo acuerdo en notaría suele requerir menos trabajo que un proceso contencioso. También influyen la cantidad y el tipo de bienes que hay que liquidar, el número de herederos, si hay hijos menores de edad y cuántas audiencias se necesitan. A los honorarios se suman los derechos notariales, que son tarifas reguladas, y los gastos de registro. Pide que te detallen por escrito qué incluye cada etapa.
Cómo elegir
- Que haya llevado tanto trámites en notaría como procesos ante juez de familia, para que te diga con honestidad qué vía conviene en tu caso.
- Que busque primero el acuerdo cuando es posible y te explique cómo quedan los hijos: custodia, visitas y alimentos.
- Si hay sucesión o liquidación de bienes con inmuebles, que maneje el estudio de títulos y el registro en la oficina de instrumentos públicos.
- En casos de violencia, que priorice tu protección y te oriente sobre la comisaría de familia antes de cualquier negociación.
- Comprueba que su tarjeta profesional esté vigente en SIRNA (en elijoabogado.com todos los perfiles están verificados).
- Pide los honorarios por escrito antes de empezar.
Qué llevar a la primera consulta
- Registro civil de matrimonio, si estás casado.
- Registros civiles de nacimiento de los hijos.
- Cédulas de las partes.
- Certificados de tradición y libertad de inmuebles y documentos de vehículos o cuentas.
- Soportes de los gastos de los hijos: colegio, salud, vivienda y alimentación.
- Prueba de ingresos de quien paga la cuota: colillas de pago o certificados.
- Para una sucesión: registro civil de defunción y testamento, si existe.
- Actas de conciliación, escrituras o sentencias anteriores sobre el mismo asunto.
Normas de referencia
- Código Civil: Regula el matrimonio, las causales de divorcio, la sociedad conyugal, la patria potestad, los alimentos y las sucesiones.
- Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012): Fija cómo se tramitan los procesos de familia ante los jueces, incluidos la sucesión y el cobro ejecutivo.
- Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006): Protege los derechos de niños, niñas y adolescentes: custodia, alimentos, visitas y el interés superior del niño.
- Ley 54 de 1990: Define la unión marital de hecho entre compañeros permanentes y la sociedad patrimonial que puede formarse entre ellos.
- Ley 294 de 1996: Regula la prevención y sanción de la violencia intrafamiliar y las medidas de protección.
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Información general, no es asesoría legal. Contenido pendiente de revisión por abogado.