Trámite · Laboral

Liquidación laboral en Floridablanca

Qué incluye, cómo se calcula y qué hacer si no te la pagan.

Respuesta corta

Al terminar un contrato de trabajo, el empleador debe pagar lo adeudado: salario pendiente, cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones, y la indemnización si aplica. Si no paga, puede haber sanciones. Revisa los cálculos con un abogado.

Contenido de ejemplo pendiente de revisión por abogado. Información general, no es asesoría jurídica.

Pasos y documentos

Dónde
Empleador, Ministerio del Trabajo o juzgado laboral
Tiempo
Variable
El pago corresponde al terminar el contrato; un reclamo judicial depende del juzgado
Honorarios
Por publicar

Se revisa qué conceptos corresponden según el tipo de contrato y el tiempo trabajado, y se compara con lo que el empleador liquidó o pagó.

  1. 01
    Pedir la liquidación por escrito
    Con el detalle de cada concepto y el salario base.
  2. 02
    Verificar los cálculos
    Cesantías, intereses, prima, vacaciones y aportes a seguridad social.
  3. 03
    Reclamar
    Por escrito al empleador o con citación ante el Ministerio del Trabajo.
  4. 04
    Demanda si no pagan
    Dentro del plazo de prescripción, ante el juez laboral.

Documentos que te pedirán

  • Contrato de trabajo
  • Carta de terminación o renuncia
  • Desprendibles de nómina
  • Certificaciones de cesantías y aportes
  • Cédula y poder para el abogado
Firmar un paz y salvo o una liquidación no siempre cierra el reclamo; antes de firmar, revisa si lo que te pagan está completo.

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Preguntas frecuentes sobre la liquidación laboral

Fuentes · Código Sustantivo del Trabajo, arts. 65, 186, 249, 306 y 488 · Ley 52 de 1975 (intereses sobre cesantías) · Ley 2466 de 2025.