Trámite · Laboral
Liquidación laboral en Floridablanca
Qué incluye, cómo se calcula y qué hacer si no te la pagan.
Respuesta corta
Al terminar un contrato de trabajo, el empleador debe pagar lo adeudado: salario pendiente, cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones, y la indemnización si aplica. Si no paga, puede haber sanciones. Revisa los cálculos con un abogado.
Contenido de ejemplo pendiente de revisión por abogado. Información general, no es asesoría jurídica.
Pasos y documentos
Dónde
Empleador, Ministerio del Trabajo o juzgado laboral
Tiempo
Variable
El pago corresponde al terminar el contrato; un reclamo judicial depende del juzgado
Honorarios
Por publicar
Se revisa qué conceptos corresponden según el tipo de contrato y el tiempo trabajado, y se compara con lo que el empleador liquidó o pagó.
- 01Pedir la liquidación por escritoCon el detalle de cada concepto y el salario base.
- 02Verificar los cálculosCesantías, intereses, prima, vacaciones y aportes a seguridad social.
- 03ReclamarPor escrito al empleador o con citación ante el Ministerio del Trabajo.
- 04Demanda si no paganDentro del plazo de prescripción, ante el juez laboral.
Documentos que te pedirán
- Contrato de trabajo
- Carta de terminación o renuncia
- Desprendibles de nómina
- Certificaciones de cesantías y aportes
- Cédula y poder para el abogado
Firmar un paz y salvo o una liquidación no siempre cierra el reclamo; antes de firmar, revisa si lo que te pagan está completo.
Abogados que llevan liquidación laboral en Floridablanca
Ver todos los de laboral →Preguntas frecuentes sobre la liquidación laboral
Fuentes · Código Sustantivo del Trabajo, arts. 65, 186, 249, 306 y 488 · Ley 52 de 1975 (intereses sobre cesantías) · Ley 2466 de 2025.