Abogado civil
Contratos, deudas, arriendos y responsabilidad: los problemas del día a día entre personas. Aquí ves cómo te puede ayudar un abogado civil.

Un abogado civil en Colombia atiende los conflictos entre personas por dinero, bienes y contratos: cobra deudas con pagaré o letra mediante un proceso ejecutivo, tramita la restitución de un inmueble cuando no pagan el arriendo, reclama por incumplimientos de contrato y por daños. Primero suele intentar un cobro o una conciliación; si no funciona, demanda ante el juez civil según el Código General del Proceso.
Cuándo necesitas un abogado civil
- Te deben plata y tienes un pagaré, una letra de cambio o un cheque sin pagar.
- Prestaste dinero sin firmar nada y necesitas saber cómo probar la deuda.
- Tu inquilino no te paga el arriendo y quieres recuperar el inmueble.
- Te demandaron o te llegó una notificación de un proceso ejecutivo o un embargo.
- La otra parte no cumplió un contrato: una obra, una venta de un carro, un servicio.
- Alguien te causó un daño, por ejemplo una filtración del vecino, y no quiere responder.
- Vas a firmar un contrato importante y quieres revisarlo antes.
Cómo avanza un caso
- Consulta y revisión de pruebas
El abogado revisa el título o contrato, los mensajes y los pagos, y te dice si la deuda o el reclamo se pueden cobrar y por qué vía.
- Cobro directo o conciliación
Suele enviarse un requerimiento escrito. En muchos procesos declarativos la conciliación ante un centro de conciliación es requisito previo para demandar; en el cobro ejecutivo de un título, por lo general no se exige.
- Demanda y medidas cautelares
Si no hay acuerdo, se presenta la demanda ante el juez civil o de pequeñas causas. En el proceso ejecutivo se pueden pedir embargos sobre cuentas, salario o bienes del deudor.
- Sentencia y cumplimiento
El juez decide. En el ejecutivo, lo embargado se remata o se entrega para pagar la deuda; en la restitución, se ordena la entrega del inmueble.
Cuánto cuesta
El costo de un abogado civil depende sobre todo del valor de lo que se reclama, de si ya existe un título como un pagaré o hay que probar la deuda desde cero, y de si el caso se arregla en conciliación o llega a juicio. También influye si hay que perseguir bienes del deudor. Es común pactar una parte fija y otra según lo que se recupere; pide que el porcentaje y los gastos del proceso queden por escrito.
Cómo elegir
- Pregúntale cuántos procesos ejecutivos o de restitución de inmueble lleva, según tu caso, y en qué juzgados de tu ciudad.
- Pídele que te diga, antes de demandar, si el deudor tiene bienes o ingresos embargables: ganar sin poder cobrar no sirve.
- Fíjate si te explica cuándo conviene conciliar y cuándo ir directo al proceso ejecutivo.
- Verifica que revise si tu pagaré o tu contrato tienen fallas que la otra parte pueda alegar.
- Comprueba que su tarjeta profesional esté vigente en SIRNA (en elijoabogado.com todos los perfiles están verificados).
- Pide los honorarios por escrito antes de empezar.
Qué llevar a la primera consulta
- Pagaré, letra de cambio, cheque o el documento que pruebe la deuda.
- Contrato firmado y sus anexos u otrosíes.
- Comprobantes de pagos, transferencias o abonos recibidos.
- Mensajes de WhatsApp, correos o cartas en que la otra parte reconoce la deuda o el acuerdo.
- Datos del deudor o demandado: nombre completo, cédula o NIT y dirección.
- Información conocida sobre sus bienes: inmuebles, vehículos, cuentas o empleador.
- Cualquier notificación o demanda que te haya llegado.
Normas de referencia
- Código Civil: Regula los contratos, las obligaciones, el incumplimiento, la responsabilidad por daños y la prescripción.
- Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012): Fija cómo se tramitan las demandas civiles, el proceso ejecutivo, la restitución de inmueble arrendado y los embargos.
- Código de Comercio (Decreto 410 de 1971): Regula los títulos valores como el pagaré, la letra de cambio y el cheque, y la acción para cobrarlos.
- Ley 820 de 2003: Régimen de arrendamiento de vivienda urbana: obligaciones del arrendador y del arrendatario, terminación y restitución.
- Ley 2220 de 2022: Estatuto de conciliación: cuándo la conciliación es requisito previo para demandar y cómo funcionan los centros de conciliación.
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