Herramienta gratuita · Familia

Calcula una cuota alimentaria orientativa

Un rango según los ingresos de quien paga y el número de hijos. El juez o la conciliación fijan la cifra final.

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Salario o ingresos que se puedan probar.
¿Cuántos hijos reciben la cuota?
¿Quien paga tiene otras personas a cargo?
Porcentajes orientativos pendientes de revisión del abogado revisor. Por ley, el embargo por alimentos no puede superar el 50 % del salario.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la cuota alimentaria por ley?

No hay una tabla fija. El juez o la conciliación la fijan según la necesidad del menor y la capacidad económica de quien paga. El embargo por alimentos no puede superar el 50 % del salario.

¿Dónde puedo conciliar la cuota?

En una comisaría de familia, el ICBF, un centro de conciliación o una notaría. Si no hay acuerdo, se puede demandar ante el juez de familia.

¿Qué pasa si no pagan la cuota?

Se puede iniciar un proceso ejecutivo, solicitar el embargo del salario y denunciar la inasistencia alimentaria. Un abogado de familia puede orientarte en el camino adecuado.